Cuando se habla de autoconsumo en comunidades de vecinos, lo primero que suele venir a la mente es instalar placas para el ascensor o la iluminación de las zonas comunes. Sin embargo, existen otras fórmulas que permiten que los propios vecinos, de forma individual, también se beneficien de la energía generada en el tejado del edificio.
Autoconsumo solo para servicios comunes
Es la opción más sencilla de gestionar: la instalación se destina exclusivamente a cubrir el consumo de ascensor, portero automático, iluminación de escaleras y garaje. No requiere modificar los contratos individuales de cada vivienda y suele aprobarse con más facilidad en la junta de propietarios.
Autoconsumo colectivo repartido entre viviendas
La normativa de autoconsumo colectivo permite que la energía generada en el tejado se reparta entre varios suministros distintos del mismo edificio, incluyendo las viviendas individuales, mediante coeficientes de reparto acordados previamente. Esto exige más coordinación, pero permite que todos los vecinos que quieran participar reduzcan su propia factura, no solo la de la comunidad.
Qué requiere aprobar esta instalación en la comunidad
Instalar placas solares en el tejado de un edificio en régimen de propiedad horizontal requiere la aprobación de la junta de propietarios, y desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal suele bastar con una mayoría simple de los presentes cuando la instalación se destina al aprovechamiento de la energía solar, en lugar de la unanimidad que se exigía antes para otras reformas en elementos comunes.
Qué conviene definir antes de instalar
Antes de dar el paso conviene acordar por escrito cómo se van a repartir los costes iniciales y el mantenimiento, qué ocurre si un vecino se da de baja del reparto, y quién asumirá la gestión administrativa frente a la distribuidora, ya sea la propia comunidad, el administrador de fincas o una empresa especializada en comunidades energéticas.
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Opciones reales mas alla de las zonas comunes
Ademas del autoconsumo colectivo clasico para cubrir el consumo de zonas comunes (ascensor, portal, garaje), la normativa permite repartir la energia generada entre varias viviendas de un mismo edificio mediante coeficientes de reparto fijos, acordados en la comunidad y comunicados a la distribuidora. Esto significa que un vecino en un atico con mas tejado disponible puede instalar paneles y repartir parte de esa produccion con vecinos de plantas inferiores, aunque el reparto una vez fijado no puede cambiarse dia a dia segun el consumo real de cada vivienda.
Preguntas frecuentes
Necesito el acuerdo de toda la comunidad para instalar autoconsumo colectivo
Para ocupar elementos comunes como el tejado si se necesita la aprobacion de la comunidad segun la Ley de Propiedad Horizontal, aunque el porcentaje de votos exigido se ha reducido en los ultimos anos para facilitar este tipo de instalaciones.
Si me mudo, pierdo mi parte de la instalacion colectiva
El coeficiente de reparto suele quedar vinculado a la vivienda, no a la persona, por lo que normalmente se transmite al nuevo propietario o inquilino salvo que se acuerde lo contrario en la comunidad.