Autoconsumo con o sin excedentes: diferencias, ejemplo con números y cuál elegir

Cuando legalizas unas placas solares tienes que elegir qué pasa con la energía que no consumes en el momento: se pierde (sin excedentes), se descuenta de tu factura (con excedentes acogida a compensación) o se vende en el mercado (con excedentes no acogida a compensación). Para casi todas las viviendas la mejor opción es la compensación: aprovecha económicamente lo que sobra sin convertirte en productor de electricidad. Abajo tienes por qué, con números.

En esta guía
  1. Las tres modalidades según el Real Decreto 244/2019
  2. Sin excedentes: cuándo tiene sentido
  3. Con compensación: cómo funciona y su límite
  4. Venta de excedentes: por qué casi nunca compensa en casa
  5. Ejemplo con números: una vivienda en Madrid
  6. Qué modalidad elegir según tu caso
  7. Cambiar de modalidad
  8. Fuentes oficiales
  9. Preguntas frecuentes

Las tres modalidades en una frase

  • Sin excedentes: un antivertido impide verter. Lo que sobra se pierde. Menos trámites, peor aprovechamiento.
  • Con compensación (la habitual): lo que viertes se descuenta del término de energía de tu factura cada mes, hasta dejarlo como mucho a cero. Hasta 100 kW.
  • Venta (sin compensación): cobras la energía a precio de mercado, pero pasas a ser productor, con más trámites y obligaciones fiscales. Rara vez compensa en una vivienda.

Las tres modalidades según el Real Decreto 244/2019

Sin excedentesCon excedentes acogida a compensaciónCon excedentes no acogida a compensación
¿Vierte a la red?No (antivertido obligatorio)SíSí
¿Qué pasa con lo que sobra?Se pierdeSe descuenta de la factura del mesSe vende en el mercado
Límite de potenciaNo100 kW en totalNo
Permisos de acceso y conexiónNo hacen faltaNo hacen falta si es ≤ 15 kW en suelo urbanizadoSí, salvo ≤ 15 kW en suelo urbanizado
Contrato adicionalNoContrato de compensaciónRepresentación en el mercado y obligaciones de productor
Uso típicoNegocios con mucho consumo de díaViviendas y pequeños negociosInstalaciones grandes

Fuente: arts. 4 y 7 del RD 244/2019.

Sin excedentes: cuándo tiene sentido

El inversor (o un dispositivo aparte) limita la producción para que nunca salga energía hacia la red. Las ventajas son el trámite más sencillo y que no dependes de ningún contrato con la comercializadora. El inconveniente: la energía que no consumes en el momento se desperdicia, porque el inversor recorta la producción.

Tiene sentido cuando tu consumo de día es alto y constante (un taller, una oficina, una nave con maquinaria; ver autoconsumo en naves y locales) y la instalación se dimensiona para no sobrepasarlo nunca. En una vivienda, donde gran parte del consumo es por la tarde y por la noche, suele ser mala idea.

Con compensación: cómo funciona y su límite

Cada mes, tu comercializadora valora la energía que has vertido y la descuenta del término de energía de tu factura, antes de impuestos. Dos reglas del artículo 14 del RD 244/2019 son clave:

  1. El descuento nunca puede superar el valor de la energía que has comprado a la red ese mes. Como mucho, el término de energía llega a cero. La potencia contratada, el alquiler del contador y los impuestos se siguen pagando.
  2. Lo que sobra se pierde. El periodo de facturación no puede superar un mes y no se acumula saldo a favor. Para eso existen las «baterías virtuales» comerciales (ver batería virtual), que no forman parte de la compensación regulada.

Lo explicamos en detalle en cómo se calcula la compensación simplificada.

Venta de excedentes: por qué casi nunca compensa en casa

Vender la energía significa que tu instalación es una instalación de producción: cobras al precio del mercado, pero tienes que contar con un representante en el mercado, pagar los peajes de generación por la energía vertida (art. 16) y asumir las obligaciones fiscales de un productor. Para los pocos cientos de kWh que vierte al mes una vivienda, el papeleo y los costes se comen la diferencia. Tiene sentido en instalaciones grandes, de más de 100 kW (donde la compensación no está permitida) o con excedentes muy altos y constantes.

¿Y si quiero aprovechar más lo que sobra? Antes que vender, hay dos opciones más sencillas: desplazar consumos a las horas de sol (lavadora, lavavajillas, termo o coche eléctrico) o valorar una batería. Lo primero no cuesta nada.

Ejemplo con números: una vivienda en Madrid

Tomamos una instalación de 4 kWp en Madrid, orientada al sur e inclinada 30°. Según PVGIS (Comisión Europea), produce unos 1.540 kWh por kWp al año: unos 660 kWh en julio y unos 370 kWh en diciembre. Suponemos una vivienda que consume 300 kWh al mes y aprovecha directamente el 35% de lo que producen las placas. El resto se vierte.

Precios supuestos (cambian según tu contrato; mira tu factura): energía comprada a 0,15 €/kWh y excedentes compensados a 0,06 €/kWh.

JulioDiciembre
Producción660 kWh370 kWh
Autoconsumida directamente (35%)231 kWh130 kWh
Vertida a la red429 kWh240 kWh
Comprada a la red (300 − autoconsumida)69 kWh → 10,35 €170 kWh → 25,50 €
Valor de los excedentes25,74 €14,40 €
Descuento aplicado10,35 € (tope: la energía comprada)14,40 €
Término de energía a pagar0 €11,10 €

Fíjate en julio: el valor de los excedentes (25,74 €) supera lo que compraste (10,35 €), así que pierdes 15,39 € porque la compensación no puede dejar el término de energía en negativo. Por eso no conviene sobredimensionar una instalación con compensación y es tan importante calcular bien tu consumo.

Con la modalidad sin excedentes, esos 429 kWh de julio y 240 de diciembre no se descontarían: valdrían 0 €. Vendiéndolos, cobrarías el precio de mercado de cada hora, pero restando los peajes y los costes de representación, y con más gestiones.

Qué modalidad elegir según tu caso

  • Vivienda habitual (unifamiliar o piso): con compensación. Es la que mejor amortiza.
  • Segunda vivienda con poco consumo: con compensación, pero dimensionada a lo justo. Un exceso de placas solo genera excedentes que se pierden.
  • Negocio con consumo diurno alto y estable: valora sin excedentes si la instalación se ajusta a tu consumo mínimo de día.
  • Instalación de más de 100 kW: no puede acogerse a la compensación. O sin excedentes, o venta.
  • Autoconsumo colectivo: todos los participantes deben estar en la misma modalidad (art. 4.3).

Cambiar de modalidad

Puedes cambiar, pero tienes que permanecer al menos 4 meses en la modalidad elegida (art. 8.5), y hay que adaptar la instalación (activar o desactivar el antivertido) y comunicar el cambio. Si el antivertido está en el inversor, pasar de «sin» a «con» excedentes suele ser una reconfiguración, pero exige actualizar la documentación (CIE) y la modalidad en el registro de autoconsumo.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿La compensación es dinero que me ingresan?

No. Es un descuento sobre el término de energía de tu factura del mes, que como mucho llega a cero. Para cobrar la energía tendrías que venderla como productor, algo que en una vivienda rara vez compensa.

¿Qué pasa con los excedentes que no se compensan?

Se pierden. Los excedentes no generan saldo para el mes siguiente. Algunas comercializadoras ofrecen «baterías virtuales» que acumulan ese valor en euros, con sus propias condiciones y cuotas.

¿Necesito un contador especial?

Necesitas un contador que mida en los dos sentidos. Muchos contadores digitales ya lo hacen y solo hay que configurarlos; en otros casos, la distribuidora debe cambiarlo como parte del alta.

¿Con excedentes necesito permisos de la distribuidora?

Si la instalación es de hasta 15 kW y está en suelo urbanizado, no necesitas permisos de acceso y conexión (art. 7 del RD 244/2019). Por encima de esa potencia, sí.

¿Qué modalidad conviene si voy a poner batería?

Con compensación. La batería absorbe parte de lo que sobra y el resto se compensa. Una batería con modalidad sin excedentes desperdicia la energía cuando está llena.

Equipo AutoconsumoGuía

El equipo editorial de AutoconsumoGuía investiga y redacta contenido sobre autoconsumo solar y ahorro energético doméstico en España, contrastando la normativa vigente (Real Decreto 244/2019 y convocatorias de ayudas autonómicas), datos de organismos como el IDAE y Red Eléctrica de España, y precios reales del mercado de instalación. El contenido se revisa periódicamente para reflejar cambios normativos y de precios; no representamos a ninguna instaladora ni fabricante en concreto.

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